Los médios se hacen eco de que UTECA, la Unión de Televisiones Comerciales Asociadas, tras el archivo de su recurso administrativo por la Subdirección General de Contenidos, presentó demanda ante los Tribunales por considerar incumplimiento de la "Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española" por parte de la Televisión Pública.
Esta Ley pretendía limitar la financiación comercial de la Corporación de Radio y Televisión Española, cuyo efecto más patente es la famosa "eliminación de la publicidad" que sucedió en 2010, pasando a sustentarse vía Presupuestos Generales del Estado.
No obstante si se permiten cierto tipo de actividades de financiación como se indica en el artículo 7 de la referida norma, entre ellas el "patrocinio":
"(...), se permitirán los patrocinios y el intercambio publicitario de eventos deportivos y culturales, que se enmarquen dentro de la misión de servicio público de la Corporación, sin valor comercial y siempre que tengan este sistema como única posibilidad de difusión y producción.
Excepcionalmente podrán emitirse competiciones deportivas con contrato de patrocinio u otras formas comerciales cuando éstas formen parte indivisible de la adquisición de derechos y de la producción de la señal a difundir. (...)
No obstante lo dispuesto en el apartado 2 anterior, no tendrán la consideración de publicidad las actividades siguientes, las cuales, sin embargo, en caso de realizarse no darán lugar a la percepción de ninguna contraprestación económica: (...)
c) Las actividades de autopromoción, siempre que la duración Las actividades de publicidad y comunicación institucional, entendiendo por tales aquellas reconocidas por la Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional y la legislación autonómica en la materia, así como de patrocinio cultural."
RTVE defiende que su uso, totalmente generalizado, en el hecho de posibilitar la difusión de programas que no tendrían cabida en la parrilla. Las televisiones privadas han advertido que los anunciantes se acogen favorablemente a esta fórmula en perjuicio de sus intereses, ya que el uso de esta fórmula se asemeja mas al "branded content" (contenido bajo marca) que al patrocionio cultural.
¿Es necesario que un programa como MasterChef sea ofrecido como "promoción cultural" mediante esta fórmula? Hay que recordar que puede competir con el programa de Antena 3 "Top Chef".
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